miércoles, 11 de diciembre de 2024

El concubinato

En México, es muy frecuente en la actualidad que las parejas no opten por la formalidad legal de contraer matrimonio civil y opten por adentrarse en la aventura de vivir juntos en unión libre para hacer vida en común, pensando o sintiendo que así habrá menos complicaciones, obligaciones o que podrían separarse sin mayor dificultad. En muchas de las ocasiones es denominada unión libre, pero por desconocimiento, se ignora que se trata de una figura jurídica del derecho familiar de nombre concubinato, un hecho jurídico que genera derechos y obligaciones para las partes.

Recordando que cada estado de la república mexicana tiene su propia legislación familiar o civil para regular el derecho familiar, el código familiar de Sinaloa define al concubinato como "la unión de dos personas, quienes sin impedimentos legales para contraer matrimonio, hacen vida en común de manera notoria y permanente durante dos años continuos o más", el cual genera derechos alimentarios, patrimoniales y sucesorios. Además establece como requisitos lo siguiente:

-Que la unión se prolongue de manera exclusiva, pública y permanente durante dos años ininterrumpidos, o desde el nacimiento del primer descendiente, si esto ocurre antes de que transcurra el plazo anterior.

En algunas otras legislaciones en nuestro país existen ciertas variantes en los requisitos para que se pueda configurar el concubinato, como  la permisión de la unión de un hombre y una mujer (haciéndolo limitativo), la duración de la unión por un año de manera pública y notoria o en su defecto el que tengan un hijo en común, pero es importante aclarar que una vez configurado o acreditado el concubinato, genera derechos y obligaciones.

Ahora bien, ¿Cómo se puede acreditar? Este trámite se hace para probar que en la relación de hecho se cumplieron con los requisitos y variará dependiendo del estado de la república en donde se encuentre, pero de manera general, se realiza de las siguientes formas:

Juicio de jurisdicción voluntaria para acreditación de concubinato, el cual se realiza ante el juez de lo familiar.

Registro de concubinato ante el oficial de registro civil.

Lo anterior es importante para que en caso de una separación. emergencia o fallecimiento de uno de los concubinos, se pueda acreditar la unión de hecho y ser acreedor a los derechos inherentes que otorga el concubinato, tales como alimentarios, hereditarios o patrimoniales.

Recuerden  que la familia es la base para la sociedad, la familia ¡es para siempre!

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Es cuanto...

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