miércoles, 17 de abril de 2024

Derecho de alimentos

 

Desde la perspectiva jurídica, uno de los principales derechos en el área familiar es el de alimentos, el cual es una prestación en dinero o en especie que el acreedor alimentario (quien los necesita) tiene la facultad de solicitarlos al deudor alimentario (quien está obligado a darlos) ante el órgano jurisdiccional.

Se hace énfasis en la solicitud de pensión alimenticia ante el juzgado de lo familiar porque es muy común que muchos padres o madres no quieren aportar para el sostenimiento de los hijos, a pesar de que es una obligación.

El derecho de alimentos se deriva del parentesco y en los casos previstos por la ley, del matrimonio y concubinato.

Los padres están obligados a proporcionar alimentos a los hijos.  A falta de los padres, la obligación recae en los demás parientes ascendientes (abuelos, etc.) en ambas líneas. En un momento dado, los hijos están obligados a dar alimentos a los padres. Ante la imposibilidad de estos, la obligación recae en los descendientes más próximos en grado (nietos, etc.). De lo anterior, es que se deriva una de las características principales de los alimentos, la reciprocidad.

Pero, ¿qué incluyen los alimentos?

No solamente se trata de comida para la supervivencia de los hijos, también incluyen los gastos de ropa, calzado, vivienda, atención médica, educación y esparcimiento.

Ahora bien, ¿quién tiene el derecho a solicitarlos?

La madre o padre a nombre de los hijos menores de edad o incapaces, pues ellos tienen la facultad y capacidad para representarlos ante el juzgado de lo familiar, o en su defecto la persona que ejerza la patria potestad o tenga la custodia de los hijos

¿Quién puede ser beneficiario de una pensión alimenticia?

Los cónyuges o concubinos, pero principalmente los hijos menores de edad o incapaces mayores que no puedan valerse por si mismo. En el caso de los mayores de edad, tienen como requisito que continuar con sus estudios acorde a su edad biológica, terminando su derecho de alimentos al finalizar una carrera profesional o al adquirir un oficio para trabajar por su cuenta. Es importante señalar que los alimentos no comprenden el proporcionar capital a los hijos para ejercer la profesión, arte u oficio a que se hubieran dedicado.

¿Cuándo se suspende o cesa la obligación de dar alimentos?

Dependerá del caso concreto, pero puede ser cuando el acreedor alimentista (el que los recibe) deja de necesitarlos; en los casos de violencia familiar del hijo mayor de edad hacia quien le proporciona alimentos; cuando el hijo tenga una conducta viciosa, ociosa o por falta de dedicación al estudio; cuando el beneficiario abandona la casa sin causa justificada o llega a la mayoría de edad, salvo que se encuentre estudiando.

Además es importante señalar que el incumplimiento de las obligaciones alimentarias tienen consecuencias jurídicas de carácter penal y familiar; en relación a la primera, se puede llegar a caer en la cárcel y el pago de multa; con respecto a la segunda puede ser pérdida de patria potestad, el estar inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, el cuál te imposibilita a realizar ciertos trámites de importancia y podrás salir de el, hasta que te pongas al corriente con el pago de alimentos.

Para finalizar es prudente apuntar que independientemente de los problemas existentes entre los padres, los hijos no tienen la culpa y se tiene una obligación con ellos, la de proporcionar alimentos para su subsistencia y sano desarrollo, recuerden que ellos son los ciudadanos del mañana, por lo que deben ser formados responsablemente y con buenos ejemplos de civilidad, con valores, primordialmente el de responsabilidad para con la familia, con el propósito de evitar una repetición de patrones o conductas de padres irresponsables que no se hacen cargo de sus hijos, principalmente por diferencias con sus ex parejas. 

Así que si sus hijos son víctimas de padres irresponsables con sus hijos, que no aportan económicamente para su sustento, demande la pensión alimenticia ante el juzgado de lo familiar. 

Si no tiene para pagar un abogado particular, en todos los Estados de la República Mexicana existen los departamentos de defensores públicos o de oficio, quienes son pagados por el Estado y no cobran por sus servicios o en su defecto, acérquese a las Escuelas y Facultades de Derecho que cuentan con bufete jurídico estudiantil, donde los pasantes realizan su servicio social asesorados o guiados por un abogado responsable, en donde le tramitarán su juicio de forma gratuita.


Recuerden  que la familia es la base para la sociedad, la familia ¡es para siempre!

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miércoles, 10 de enero de 2024

El matrimonio en México


El matrimonio civil en México

Una institución del derecho familiar que es considerada la base para la formación de la familia y por ende siempre se ha encontrado en constante polémica es el matrimonio, debido a los diversos cambios vertidos a través del tiempo.

En relación con esos cambios, uno de los principales es el de sus actores o partícipes, es decir, las personas que pueden o están en capacidad o condiciones de contraerlo ante el Oficial del Registro Civil. Para el caso de México, esto sigue creando controversia por cuestiones de ideología ya sea de índole moral o religioso, recordando que en nuestro país la religión imperante en el catolicismo, quien prohíbe en matrimonio entre personas del mismo sexo, mientras que en algunos Estados de la República se encuentra permitido en sus respectivas legislaciones civiles o familiares.

Su aprobación se remonta a años de lucha de la comunidad LGTB+ por lograr condiciones de igualdad en todos los sentidos y no ser víctimas de la discriminación, así como el formar una familia, pues primeramente es un derecho humano fundamentado en Tratados Internacionales, los cuales México ha signado como Estado Parte de la Organización de las Naciones Unidas y, por ende, se encuentra obligado a dar cumplimiento y garantizar su respeto irrestricto. En segundo lugar, es un derecho fundamental establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Así pues, el Estado tiene esa doble obligación de respetar y garantizar los derechos anteriormente mencionados.

Entonces ¿En México las personas del mismo sexo pueden contraer matrimonio civil y formar una familia con todos los derechos y obligaciones que la misma institución conlleva? 

La respuesta es SI, en algunos lugares de forma más simple y en otros con más complicaciones, pero si lo pueden realizar.

Para dar una explicación más concreta a la pregunta central de este blog, es preciso remontarme rápidamente a la Jurisprudencia 1a./J.43/2015(10ma.), que desde 2015 estableció que la definición de matrimonio en las legislaciones de cualquier entidad federativa que especificaran que es la unión de un hombre y una mujer y que su fin es la procreación, son de carácter inconstitucional. Con lo anterior se instaba a los congresos locales a cambiar la definición de matrimonio en sus leyes civiles y familiares que incluyeran tales características, además de que, con la presión ejercida por diversos sectores de la sociedad, muchos de ellos reformaron eliminando la cuestión de la procreación y definiendo al matrimonio como la unión de dos personas, dando oportunidad y apertura a que las personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio civil y formar una familia.

Es preciso mencionar, que en otros Estados de México aún no se reforman las legislaciones para que las personas del mismo sexo puedan casarse por el civil, pero con la tramitación de un amparo se resuelve esa situación a pesar de no estar regulado, por eso les comentaba que, SI pueden contraer matrimonio las personas del mismo sexo, eso dependerá de la Entidad Federativa de México en donde se encuentre.

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viernes, 8 de diciembre de 2023

Derecho y familia


Es muy grato iniciar esta nueva aventura de compartir mis ideas a través de un blog, buscando la socialización del conocimiento jurídico relacionado con la familia, con el objetivo fundamental de que los lectores que amablemente consulten estas líneas, puedan solventar sus dudas, ampliar su panorama, resolver algún problema, adquirir conocimiento nuevo y por supuesto apoyar a su servidor con sus interrogantes, comentarios y aportaciones.

Escribir sobre derecho siempre despertará curiosidad, pero referirnos a la relación que guarda el derecho y la familia es apasionante y de interés general, por el simple hecho de que independientemente de la manera en como se haya formado la familia, todos tenemos una y por ende, siempre habrá diversas situaciones o problemas que atender en torno a ella. 

Por lo anterior es que se eligió como nombre del blog en general y de esta primera participación como derecho y familia.

El fin del derecho es hacer justicia a partir de lo establecido en la ley derivado de las diversas problemáticas sociales (aunque desde algunas perspectivas lo que está en la ley no siempre es justo). Por lo que respecta a la familia como elemento fundamental de la sociedad y para la preservación del Estado, siempre ha sido necesario garantizar su protección y buscar los mecanismos adecuados  para salvaguardarla, para ello existe el derecho familiar, como rama que contiene normas jurídicas para la familia. Por ende, es posible afirmar que existe una relación entre derecho y familia.

El Estado es el más interesado en que una sociedad viva de manera pacífica dentro de su territorio, pues busca que se preserve el estado de cosas y el camino para lograrlo es la protección de los miembros de la familia, por ello crea las condiciones jurídicas necesarias para ese fin, como lo son juzgados familiares, salas de lo familiar, legislaciones familiares y civiles así como procesales, centros de justicia alternativa para mediación, instituciones de protección a la familia, mujeres, niños.

A pesar de que el derecho familiar en muchas ocasiones ha sido subestimado por la comunidad académica jurídica, es una de las ramas más importantes en razón de que nadie esta exento de estar sujeto a sus figuras jurídicas como matrimonio, divorcio, patria potestad, guarda y custodia, pensión alimenticia, violencia familiar, sucesiones testamentarias e intestamentarias, entre otras, es decir, todos tenemos problemas familiares que resolver.

Por lo anteriormente expuesto es que en posteriores publicaciones abordaremos diversos temas de interés a la sociedad como lo es la familia, su relación con el derecho y diversos mecanismos para resolver controversias, con el fin de solventar dudas de carácter jurídico en torno a situaciones comunes o problemáticas siempre existentes para los miembros de la familia.

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El derecho a formar una familia en México

La familia es la base de las sociedades humanas. Más allá de ser una institución social, es un espacio íntimo donde se desarrolla la identid...